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¿Qué documentación necesito para enviar pinturas o esculturas al exterior?

Para enviar pinturas o esculturas al exterior hoy alcanza con una declaración jurada: el formulario OM 3920 – Declaración Jurada de Obras de Arte, de ARCA. Ya no hace falta pedir un aviso de exportación ni una licencia.

El cambio viene del Decreto 1037/2024, que simplificó la salida y la entrada de obras de arte del país:

  • Un solo trámite: la declaración jurada se completa online en el sitio de ARCA, de forma anticipada.
  • Vale para envíos por courier: el régimen alcanza a las obras que viajan como encomienda, además de las que van en el equipaje.
  • Sin límite de cantidad de obras por envío, y sin tope de valor.
  • Salidas temporarias: si la obra sale para una muestra o una feria y vuelve, el plazo máximo es de 5 años.

La excepción: las obras que forman parte del patrimonio cultural de la Nación no están alcanzadas por este régimen simplificado.

Nosotros te guiamos para completar la declaración antes del retiro y armamos el resto de la documentación de aduana con los datos de la obra: autor, técnica, medidas y valor. Para que llegue en perfecto estado, mirá la guía de embalaje; y si es una pieza de valor, podés sumar un seguro todo riesgo.

Más información: Enviar arte y artesanías de Argentina al exterior.

Fuente: Ingreso y egreso de obras de arte, ARCA.

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